sábado, 21 de noviembre de 2009

Crítica Historiográfica a La Conjura de los Mantuano de la autora Inés Quintero.


Por: Mayda de Jesús Cuello
UPEL Miranda/ IPM “JM SISO MARTINEZ”

Introducción:

La historia que a continuación se presenta, tiene como finalidad describir los sucesos que tuvieron lugar en el año 1808 en la provincia de Caracas, la cual tiene como principales protagonistas a un grupo de notables de dicha provincia, la obra está estructurada en seis capítulos los cuales narran la historia, 1er capítulo: La crisis política de la Monarquía, 2do capítulo: América: de la lealtad al juntismo pactista, 3er capítulo: El movimiento juntista en la provincia de Caracas, 4to capítulo: La preservación del orden monárquico, 5to capítulo: La respuesta de los principales, 6to capítulo: Del pactismo fidelista a la Independencia.

I- Historia de la obra:

La obra está contextualizada en el año de 1810 la cual describe los sucesos que se sucedieron a partir del 09 de abril del mismo año cuando la Monarquía, atiende una solicitud de un grupo de notables de la provincia de Caracas y que tuvo lugar en el puerto de Cádiz, la comunicación proveniente de Caracas tenía como objetivo que esta primerísima instancia de la justicia española se pronunciara acerca de la condición de fieles vasallos y leales súbditos del Rey que distinguía a los firmantes. Pretendían también que el alto organismo emitiera una declaración según la cual ninguno de ellos pudiera verse perjudicado en su honor y estimación por haber cometido delito alguno contra la Corona y las leyes del reino.

Quienes solicitaban ambas declaratorias eran ocho vecinos principales de la capital provincial: Don Francisco Rodríguez del Toro, el Marqués del Toro, Martín Tovar Ponte y su hermano José Tovar Ponte, hijos del Conde de Tovar, José Félix Ribas y su hermano Juan Nepomuceno Ribas, destacados como comerciantes y hacendados de la provincia, Pedro Palacios, Alguacil Mayor de la Real Audiencia, e Isidro Quintero, español y con importantes intereses en el comercio de la provincia.


II -Estructura y Contenido:

Inés Quintero, La Conjura de los Mantuanos, Ediciones UCAB, 2008.



Índice

Introducción

Capítulo I
La crisis política de la Monarquía

Capítulo II
América: de la lealtad al juntismo pactista

Capítulo III
El movimiento juntista en la provincia de Caracas

Capítulo IV
La preservación del orden monárquico

Capítulo V
La respuesta de los principales

Capítulo VI
Del pactismo fidelista a la Independencia

Conclusiones
Fuentes

III - Ideas Principales:

Capítulo I: La crisis de la Monarquía
EL desmantelamiento de la legalidad monárquica:
El motín de Aranjuez que culmina con la renuncia de Carlos IV y la ascensión al trono de Fernando VII, constituye el primer episodio de una compleja y agitada secuencia de hechos que terminan por liquidar las estructuras políticas del Antiguo Régimen en España.

Coinciden múltiples aspectos: el malestar ocasionado por las guerras contra Francia primero (1793-1795) y contra Inglaterra después (1796-1802 y 1804-1808), el aumento de gastos públicos como derivación de los conflictos armados, la brusca caída de los ingresos por la paralización del comercio con América, las impopulares medidas cuyo objeto era subsanar la bancarrota de la Hacienda, el desgaste político de la Monarquía absoluta, la creciente inestabilidad de su sistema administrativo, las fuertes críticas al sistema absolutista provenientes de intelectuales ilustrados y de liberales radicales y, finalmente, la excesiva preeminencia del ministro Carlos Godoy, quien había ascendido a la condición de Primer Ministro del reino en 1792.

Como consecuencia de las guerras, España perdió parte de la isla de Santo Domingo y la isla de Trinidad, su flota fue derrotada de manera dramática en trafalgar y adquirió deudas económicas y compromisos políticos con Francia que la obligaron a estrechar aún más su relación de dependencia con el Emperador de los franceses al firmar el tratado de Fontaineblau el 27 de octubre de 1807, en el cual se autorizaba el ingreso del ejército napoleónico en dirección a Portugal.

Los llamados constitucionalistas históricos, críticos ilustrados del absolutismo y contrarios a la excesiva concentración de poder en el monarca, así como resueltos oponentes al despotismo ministerial, considerado como una desviación del sistema absolutista. El objeto de este grupo era adelantar reformas políticas inspiradas en las leyes constitutivas del reino que permitiera devolverle la dignidad a la Corona española.

Los sucesos de 1808 ponen en movimiento a cada una de estas tendencias, el desenlace de los hechos y los contradictorios vaivenes del proceso serán resultado de la confrontación entre ellas .El motín popular de los días 17 al 19 de marzo, instigado por el Príncipe de Asturias y sus aliados con el fin de desalojar del poder a Carlos IV, lejos de fortalecer en el poder al nuevo monarca y consolidar el sistema político de la monarquía, alteró los cimientos políticos y legales del Antiguo Régimen.

La incapacidad política de las instancias de poder del absolutismo:
El Estado español estaba organizado y funcionaba de acuerdo a los fundamentos del absolutismo. La monarquía española, en consecuencia, se sostenía sobre el principio del poder omnímodo del Rey, quien acumulaba, por disposición Divina, la totalidad de las funciones del Estado y la condición de autoridad única .Esta tendencia a la concentración del poder y la centralización administrativa, se había desarrollado desde el siglo XV con la alianza dinástica entre Isabel de Castilla y Fernando de Aragón, la cual se condujo a la unión de ambos reinos. El proceso es resultado, por una parte de los beneficios económicos y políticos derivados del descubrimiento del Nuevo Mundo y por la otra, la ejecución de un programa cuyo objetivo era la concentración del poder real en el reino de Castilla.

Los hechos que se suceden a partir de 1808 ponen en entredicho el funcionamiento del sistema político de la monarquía española, aun cuando en ningún momento se vea alterada la lealtad del pueblo frente a su Rey. L a junta era la responsable de mantener la armonía con el jefe de las tropas francesas y sus funciones estaban limitadas a materias gubernativas y urgentes. Otros movimientos y decisiones debían consultarse al Rey por conducto del Ministro Ceballos.


El surgimiento de poderes paralelos:
La creciente intranquilidad producto de la presencia francesa, la liberación de Godoy, el viaje de Fernando VII a Bayona, los rumores cada vez más fuertes del regreso del Carlos IV al trono y la inminente salida para Francia de los Infantes Don Antonio y Don Francisco, generan el estallido violento de los madrileños contra la presencia de los franceses y a favor de su Rey Fernando VII. Todos los autores coinciden en señalar este día como el inicio de la guerra de España por su independencia, y Goya se encargo de inmortalizar la jornada en sus famosos cuadros alusivos a la masacre.

Todos estos movimientos ocurren entre mediados de mayo y finales de junio y concluyen en la constitución de Juntas Supremas de Gobierno, las cuales tienen en común varios aspectos.

Capítulo II: América: de la lealtad al Rey al juntismo pactista
Leales al Rey y a las Leyes del Reino:
En las provincias americanas, al conocerse las noticias de España, la respuesta inmediata fue de lealtad a Fernando VII y de rechazo a la usurpación francesa. A pesar del derrumbe institucional y político de la Monarquía, de la situación de vacío que produjo la ausencia del Rey, del desconocimiento generalizado de las autoridades constituidas, de la disgregación del poder en numerosas Juntas provinciales y de la inexistencia de alguna instancia política que pudiese ser reconocida como la legítima autoridad, en las provincias de América no ocurre en 1808 ningún movimiento que tuviese como objetivo aprovechar la crisis política de la monarquía y tomar la iniciativa de adelantar la Independencia.

Resultaron mucho más firmes y arraigadas la tradición de lealtad a la Corona y el respeto a la autoridad y sujeción que constituía la figura del monarca que las tendencias criollistas o el malestar que generaban las restricciones al comercio o las controversias que suscitaba la supremacía de los españoles peninsulares en los altos cargos de la burocracia gubernamental.

Las provincias americanas en 1808, se mantuvieron fieles a la monarquía española, sin excepciones. En todos los casos, las manifestaciones de lealtad al Rey se inscribieron dentro de la tradición ceremonial del reino y recurrieron al sistema de representaciones del imaginario político del Antiguo Régimen.

“Que en nada se altere la forma de gobierno ni el Reynado del Señor Don Fernando VII en este Distrito”:
En la provincia de Venezuela, el ascenso al trono de Fernando no tiene efectos inmediatos que alteren el funcionamiento de las instancias de poder real, Capitanía General, Audiencia e Intendencia, El Ayuntamiento y los habitantes de las primeras ciudades.

Las primeras noticias de los hechos españoles se conocen en Caracas cuando llegan los oficios relativos a los sucesos de Aranjuez. El 09 de mayo se recibe el real despacho dirigido al Capitán General de la provincia de Venezuela, en el cual se le informa la abdicación de Carlos IV en su heredero el Príncipe de Asturias. El mismo documento mandaba se le reconociese y obedeciese como Rey y Señor natural de todos sus reinos y dominios.

El Cabildo, informado de la novedad, manifestó el “particular regocijo” que le causaba la exaltación de su nuevo Soberano y acordó se hiciese un alumbrado general por ocho noches continuas en toda la ciudad y que se cantase al día siguiente un Te Deum en la Iglesia Metropolitana en acción de gracias.

El juntismo pactista en las provincias de ultramar:
Los americanos a la hora de resolver la disolución política que constituía el desmantelamiento de las instancias de poder de la Monarquía y la transgresión flagrante de las leyes del reino, se aferraron a los mismos imaginarios y referentes políticos de los súbditos allende de mares.

Ausente el Rey la soberanía regresaba a la nación, es ese el argumento pactista que se expresa en España y en América al momento de justificar la erección de las primeras Juntas, las cuales sustituirían a las autoridades constituidas y atenderían la emergencia

La diferencia era que en América no había tropas francesas, las autoridades del reino, esto es los Virreyes, Gobernadores y Capitanes Generales, no habían tenido ocasión de plegarse al invasor y no había ocurrido un alzamiento popular como el que tuvo lugar en España, que desconociera a las instancias legítimas del poder e impulsara La erección de Juntas depositarias de la soberanía.

Capítulo III: El movimiento juntista en la provincia de Caracas:
La junta de las autoridades:
Quién gobernaba en ausencia del Rey y sobre quién recaía la soberanía, eran interrogantes que preocupaban por igual a los notables y a las autoridades tanto en Caracas, como todo el imperio español. De forma tal que, transcurridos diez días de la reunión promovida por el Capitán General, éste toma la iniciativa de promover la constitución de una Junta en la capital a ejemplo de Sevilla, considerando que en las circunstancias que se estaban viviendo, podría ocurrir “asuntos de mayor gravedad”

La propuesta de la máxima autoridad de provincia, con toda seguridad, estuvo asociada a los rumores extendidos por la ciudad de que existía un movimiento cuyo objetivo era asesinar a las autoridades peninsulares y constituir un gobierno de americanos. Teniendo presente lo ocurrido en algunas provincias españolas en las cuales fueron asesinados los gobernadores y máximas autoridades, no era de extrañar que hubiese motivos para alarmarse.

La Junta de los principales:
La suspensión del proyecto de Junta propiciado por la máxima autoridad de la provincia, aun cuando suspendió temporal y aparentemente el sensible tema de qué hacer frente a la ausencia del monarca, no disipó el ambiente de tensión y el debate respecto al futuro de España y a cómo debía atenderse en América la emergencia política que sacudía al reino.

Así como el 13 de noviembre se encontraban reunidos en la casa del señor Intendente, Don Juan Vicente de Arce, los señores Don Francisco de Berrío, Fiscal de la Real Hacienda; Don Ignacio Canibel, Contador Mayor Decano del Tribunal de las Cuentas y Don Antonio Fernández de León Oidor honorario de la Real Audiencia, quien se encontraba en Caracas procedente de Maracay.

La opinión de Antonio Fernández de León, al tanto del reconocimiento que el Capitán General, la Audiencia y el Ayuntamiento habían hecho de la Junta de Sevilla, era contraria a esta determinación. Según apuntaba el Oidor honorario, ninguna de estas instancias tenía autoridad para reconocer a la mencionada Junta.

No era esa la opinión del Fiscal quien, debatió acaloradamente con el señor Oidor, exponiéndole que ese modo de pensar... “sería propio para introducir una general anarquía y añadiéndole por vía del consejo, que se abstuviese de semejantes proposiciones porque ciertamente eran muy peligrosas”.

Capítulo IV: La preservación del orden monárquico:
El sometimiento de las Juntas americanas:
En la mayoría de las provincias de ultramar, como se ha dicho, hubo elocuentes expresiones de lealtad a la Monarquía y al legítimo y único Rey de España: Don Fernando VII. Pero también, en muchas de ellas las manifestaciones de lealtad se vieron acompañadas de iniciativas cuyo objetivo era seguir el ejemplo de España y constituir Juntas encargadas de velar por la seguridad del reino y proteger los intereses de Fernando VII de este lado del Atlántico. Sin embargo, en todos los casos, los proyectos e intentos de Juntas fueron interpretados como una tentativa independentista en franca contravención a la lealtad y fidelidad a la Monarquía y no como una expresión del espíritu pactista que los inspiró. En consecuencia, fueron duramente reprimidos.

En la Nueva España, el Virreinato más importante de los territorios de ultramar, la insistencia del Cabildo de constituir una Junta fue aceptada finalmente por el Virrey Iturrigaray, quien alegó a favor de la solicitud de los capitulares la situación de anarquía prevaleciente en España.

La noche de 15 de septiembre es asaltada la vivienda del Virrey cuando éste dormía y es conducido ante el gran Inquisidor y de allí al convento de los Betlemitas, donde quedo incomunicado. Su esposa y sus hijos también fueron extraídos del palacio y encerrados en el convento de San Bernardo. Unos días más tardes el grupo familiar era embarcado hacia España.

Contra los “malcontentos del gobierno”:
Joaquín Mosquera y Figueroa era oriundo de Popayán en la vecina Nueva Granada. Absolutista convencido y defensor estricto de la legalidad y el orden monárquico, fue unos de los pocos criollos que hizo carrera en el sistema judicial de la Monarquía, poco permeable a la presencia y actividad destacada de los nacidos en ultramar. En 1809 se le concedió plaza togada en el Consejo de Indias y en 1812 se convirtió en uno de los cinco miembros de la Regencia de España, más tarde figurará como Ministro de la Cámara del Consejo de Indias y finalmente fue nombrado Fiscal de Asamblea de la Orden de Isabel la Católica.

Durante tres años investiga de manera acuciosa, convoca testigos, conoce las denuncias de corrupción, reconstruye las redes de lealtades que unen a ministros y vecinos, averigua las vidas y movimientos de todos los implicados en las denuncias, destituye funcionarios y al concluir su labor en octubre de 1808, aspira que se le permita regresar a México, lugar en el cual se encontraba al momento de ser enviado como Regente Visitador de la Audiencia de Caracas.

Pocos días más tarde, atento a los rumores y a la intranquilidad que se vivía en la ciudad producto de las reuniones que se celebran en la casa de José Félix Ribas, toma cartas en el asunto y envía a dos emisarios con la orden estricta de tomar nota de todo aquel que entrara o saliera de la casa de Ribas y de escuchar cualquier comentario que se colara hacia fuera por las ventanas.

Los informes son detallados y dan cuenta de hombres embozados en sus capas que entran y salen. Un negro en el zaguán de la casa de Don José Félix Ribas hace las funciones de espía y de portero. Ven salir apresuradamente un hombre con bastón, otro con capa acompañado de una mujer, dos hombres también con capa, pero no logran reconocer a ninguno. Se oye murmullo de gente en la sala y puede verse que hay luz por las rendijas de las ventanas. El sonido de una de las voces les hace sospechar que entre los asistentes se encuentra Don Juan Jerez de Aristiguieta.

Evitar “una desunión peligrosa”:
Cada uno de ellos, en documentos diferentes y como iniciativas de carácter individual, se dirigen a las autoridades del reino para exponer su preocupación por las consecuencias que podría acarrear el abuso y la arbitrariedad del Regente Mosquera, lo cual podría ser “ el origen de una desunión peligrosa”.

Quintana había sido, hasta 1804, Decano Regente de la Real Audiencia de Caracas; ese mismo año fue ascendido para el mismo cargo en la Real Audiencia de Santa Fe, sin embargo no viajó inmediatamente a esa ciudad en vista de que debía permanecer en Caracas mientras Mosquera practicaba la visita. Mientras se ejecuta la visita, es electo par el Consejo de Indias en España. Finalmente viaja a la península en 1809 cuando concluye el trámite de Mosquera y cesan temporalmente las discordias que se suscitaron por los sucesos de noviembre de 1808

Si bien el informe de Mosquera no modificó su elección como Ministro del Consejo de Indias, había sido, sin lugar a dudas, un episodio particularmente molesto en la carrera de Quintana. Es así como, el 28 de noviembre, dirige una representación a España en la cual manifiesta su parecer respecto a la iniciativa de los principales.

La Conciliación de las partes:
Luego de casi tres meses de diligencias y averiguaciones, se produce el primer fallo el 18 de febrero de 1809. La decisión es dejar en libertad a la mayoría de los firmantes, la sentencia absolutoria hacía clara manifestación de “no haberles perjudicado a su honor y estimación” En el mismo acto se decide levantar cargos solamente contra “ los más culpables”, éstos eran: el Marqués del Toro, José Félix y Juan Nepomuceno Ribas, Mariano Montilla, Nicolás Anzola, José de Tovar, Pedro Palacios y, por supuesto, Antonio Fernández de León quien en la segunda semana de diciembre había sido embarcado para España y puesto a la orden de la Junta Central.

El alegato de los Fiscales concilia las partes en disputa: avala las medidas tomadas por las autoridades, y al mismo tiempo, absuelve de todos los cargos a los “más culpables” según lo estipulado en el fallo de febrero. Estimaban los Fiscales que Mosquera había actuado en correspondencia con su obligación de mantener el buen orden, la paz y justicia de los vasallos, por tanto, la iniciativa de formar sala extraordinaria para atender la novedad había estado sujeta a las graves circunstancias de la provincia.

La preocupación de los Fiscales ante la eventual disolución que podría desatarse en la provincia de prosperar la erección de la Junta, obedecía al diagnóstico que habían elaborado sobre la compleja y sensible diversidad social de la provincia, pero también era producto de la reacción que la propuesta había generado entre algunos oficiales del Batallón de pardos de la Capital y de los Granaderos de los valles de Aragua y Valencia quienes el mismo día 24, se dirigieron al Capitán General reprobando enfáticamente el movimiento.


Capítulo V: La respuesta de los principales:
Temerosos, leales y arrepentidos:
El sometimiento de los principales se lleva a cabo la misma noche del 24 de noviembre y tal como lo reseñaba Jurado en su protesta, los sujetos más principales de la ciudad fueron importunados en horas de la noche. Y remetidos al cuartel San Carlos, recluidos en sus casas bajo vigilancia sin derecho a comunicaciones exteriores o confinadas en distintos poblados fuera de la ciudad, luego de rendir sus respectivas declaraciones.

Las primeras reacciones no se hicieron esperar. Intimidados y sorprendidos por la firmeza de la respuesta y dispuestos a demostrar cuanto antes su inocencia, el mismo día de los hechos y en los días siguientes, se retractan y reiteran su lealtad a la Corona.

El primero en reaccionar es Lorenzo de Ponte, tío de lo hermanos Tovar, dos de los más activos en la búsqueda de las firmas. Antes de que se tomara alguna resolución y cuando todavía se encontraban reunidos los miembros de la Sala Extraordinaria, Ponte remite una comunicación en la cual expone que de la seguridad de la Patria y en obsequio de Don Fernando VII. Informado luego de que la iniciativa tenía otras miras de las que podían resultar consecuencias poco favorables, se retractaba categóricamente, invalidaba sus firmas, manifestaba su inquebrantable lealtad al Rey, la Patria y la Religión y juraba por la cruz su reconocimiento a Fernando VII.


Irrefragablemente leales, pero irremediablemente enfermos:
A los pocos días, el encierro causa estragos en la salud de los patricios. Todos alegan que nunca estuvo en el ánimo de los firmantes atentar contra el gobierno de la provincia y que se cuentan entre los más fieles vasallos del monarca. Sin embargo, se encuentran en condiciones físicas tan delicadas que resulta impostergable sacarlos del Cuartel, so pena de perder la vida.

Según expone Doña Juana, Mariano “se halla atacado del accidente habitual que padece que es una fatiga al pecho o ahogo que lo pone en los últimos períodos de la vida y es indispensable atender a su curación; ésta no puede verificarse en el cuartel por falta de comodidad, y porque el temperamento de su situación y el aire húmedo que allí se respira le es enteramente contrario”.

Una acción plausible digna del nombre Español:
Si los temas que desde el mes de julio habían suscitado controversias en la ciudad eran el de la lealtad al Soberano y el del derecho de los pueblos a promover la erección de Juntas depositarias de la soberanía, era natural que se discurriera sobre ambos puntos al momento de enfrentar las diligencias promovidas por el regente contra los solicitantes de la Junta.

Por sus títulos y su reconocida trayectoria de fidelidad a la Corona y seguramente también en consideración a su avanzada edad, fue el único de loas firmantes criollos sobre quien no se emitió ninguna disposición, ni siquiera se le tomó declaración, era como si no hubiese estado entre los firmantes y promotores del documento.

El honor mancillado y la ley atropellada:
Al momento de reclamar los procedimientos del Regente Mosquera, el Teniente de Gobernador, Don Juan Jurado, ya había hecho-mención a la afrenta contra el honor de los principales que constituía el escandaloso sometimiento nocturno. Los mismos agraviados, al día siguiente del encarcelamiento, se dirigen al Capitán General parar manifestarle su repudio a la actuación del Regente.

El reclamo iba directamente dirigido a alertar que se había mancillado lo más precioso de la existencia de un hombre de bien; el honor, la estimación pública que les otorgaba el hecho de ser parte del estamento de los principales.

Capítulo VI: Del pactismo fidelista a la Independencia:
Los términos de la representación americana:
El tema americano constituyó materia de discordias y contradicciones insalvables a la hora de resolver cuáles debían ser términos de la representación americana en las instancias de poder de la Monarquía. Las autoridades españolas, como se pudo apreciar, respondieron frente a las tentativas juntistas de manera homogénea. En ninguna de las provincias de ultramar tuvieron posibilidad de instalarse, por el contrario, en todos los casos fueron sometidas y disueltas a fin de impedir cualquier tipo de modificación en el gobierno de los territorios ultramarinos.
En enero de 1809 la Junta Central emitió una resolución en la cual declaraba a los “vastos y preciosos dominios que la España posee en las Indias” como una “parte esencial e integrante de la monarquía española”. Acto seguido el documento establecía que se les concedería la posibilidad de tener representación nacional e inmediata para que formaran parte de la Junta Central. La decisión tenía como propósito “estrechar de un modo indisoluble los sagrados vínculos que unen a unos y otros dominios, como así mismo corresponder a la heroica lealtad y patriotismo de que acaban de dar tan decisiva prueba a la España”.

A tal efecto, en las cabezas del partido de lo9s Virreinatos y Capitanías Generales, los ayuntamientos nombrarían a tres individuos de notoria probidad, talento e instrucción. En cada Ayuntamiento se sortearía un representante entre los tres seleccionados, quien resultaría el elegido por ese partido. Al momento de la elección debía expresarse su nombre, apellido, patria, edad, carrera o profesión y todas aquellas circunstancias políticas y morales que lo distinguían.

Los reparos de Caracas:
En la provincia de Caracas, si bien no se produjo ningún documento de la densidad y contundencia del Memorial de Torres, la convocatoria y los resultados de la elección fueron puestos en entredicho en varias representaciones cuyo objeto era disentir de los términos de la convocatoria y rechazar la designación del representante que salió electo por Venezuela en el sorteo realizado el 20 de junio de 1809 en la capital de la provincia.

Deslindes y desenlace: el camino hacia la Independencia:
Mientras en Caracas se rechaza la designación de Mosquera, se conoce la nulidad de su elección y se prepara el nuevo proceso eleccionario, ocurren cambios sustanciales en España. El 29 de enero de 1810, la Junta Central es disuelta y se constituye la Regencia de España.

La regencia manifestaba, además, su determinación de dar continuidad a la convocatoria a Cortes que había sido aprobada por la Junta Central el 22 de mayo de 1809, para que se instalase el 1º de marzo de 1810. Las condiciones de la guerra no permitían su instalación para la fecha prevista ya que el territorio de Andalucía se encontraba casi totalmente en manos de los franceses y no se veía claro el futuro de la guerra contra Francia. Sin embargo, la Regencia reiteraba la declaratoria de igualdad de los americanos, tal como lo había hecho la Junta, y decretaba los términos de la representación americana en la importante reunión de las Cortes, las cuales tendrían el compromiso de definir el rumbo político del vasto imperio español.

IV Fundamentación Teórica:
En esta obra se considera que el autor se identifica dentro de la corriente de pensadores que promueven la construcción de héroes enmarcados en su circunstancia histórica concreta que determina su vida pública. La historiadora y ensayista Inés Quintero se considera una espía historiográfica y logra que las épocas pasadas cuenten otras versiones, esta ilustre historiadora pertenece a la escuela de los Annales que es una escuela historiográfica, denominada así por la publicación de la revista francesa Annales d'histoire économique et sociale (después llamado Annales. Economies, sociétés, civilisations, y renombrado en 1994 como Annales. Histoire, Sciences Sociales), en donde se publicaron por primera vez sus planteamientos.
La escuela de los Annales se caracteriza por haber desarrollado una historia en la que se han incorporado otras ciencias sociales como la geografía,
La escuela de los Annales tratará de comprender y explicar el pasado de cada pueblo en todas sus dimensiones, cómo ocurrió lo que ocurrió y por qué, para lo que utilizarán todas las ciencias auxiliares que les sirvan en su tarea. De esta manera, rompen el estrecho margen de la especialización.

Los representantes principales de esta escuela son:
• Marc Bloch
• Lucien Febvre
Sus características:
• Combate la visión positivista de la historia.
• Tiene una visión total y multideterminada de la historia.
• Utiliza el método comparativo.
• La historia posee un carácter globalizante del fenómeno social.
• Aquí la historia se plante problemas por explicar.
• Es una historia abierta.
• El tiempo histórico se maneja en tres niveles de acontecimientos: de corta, media y larga duración.
V Idea sobre la “Historia” que maneja el autor.
De acuerdo a lo expuesto anteriormente, se puede visualizar que la historia que maneja la autora tiene como título la conjura que se produjo en Caracas en 1808 y que se cuenta como uno de los antecedentes más cercanos a los sucesos del 19 de abril de 1810. Encabezado por los mantuanos, el sector económico-social más poderoso de la ciudad, dicho movimiento pretendía constituir una Junta de Gobierno que rigiese los destinos de la capitanía general de Venezuela a raíz de la invasión de España por Napoleón.

En este sentido, a partir de los años comprendidos entre 1804 y 1805 se comenzó a experimentar un profundo malestar económico en Venezuela debido a que las guerras internacionales dificultaban el comercio exterior y hacían disminuir el flujo de la plata que solía llegar de México. Situación que se veía agravada ya que la corona española tenía prohibido a sus colonias el comercio con los países neutrales, como por ejemplo Estados Unidos. Otro motivo de irritación para la clase mantuana venezolana, era la exclusividad para el comercio de harinas que el ministro español Manuel Godoy le había concedido a su cuñado el marqués de Branciforte (ex virrey de México) y que éste ejercía en Venezuela a través de su agente Francisco Caballero Sarmiento.

Una conjura es un acto conspirativo de carácter secreto cuya finalidad es actuar contra el poder, lo ocurrido el 22 de noviembre de 1808, conocido en la historiografía como la “Conjura de los Mantuanos”, no puede llamarse “ conjuración” mucho menos puede adjudicársele la acción exclusivamente a un grupo de la sociedad provincial, el de los mantuanos. En este caso no hubo tal finalidad ya que lo que se perseguía era que las autoridades de la provincia propiciasen una instancia que se encargara de afirmar y proteger la autoridad del Rey.

No perseguía actuar contre el gobierno ni irrumpir contra el poder constituido, sino todo lo contrario: defenderlo y protegerlo. Pero tampoco la tal “conjura” cumplió con requisitos de “secreta” ya que no había en la ciudad quien no estuviese enterado de lo que se proponían los principales.

De la misma manera, cuando el título adjudica a los mantuanos la autoría de los hechos, también desvirtúa los acontecimientos de noviembre.

VI Sustentación documental y bibliográfica de la obra:
Fuentes Documentales, Testimoniales y Hemerográficas:
Compilaciones documentales:
BLANCO, JOSÉ FÉLIX. Documentos para la vida pública del Libertador, Caracas, Ediciones de la Presidencia de la República, Bicentenario del Libertador, 1977, XV Vols.
Conjuración de 1808 en Caracas para formar una Suprema Junta Gubernativa. Caracas, Instituto Panamericano de Geografía e Historia, 1968, 2 Vols.
DÍAZ- PLAJA, FERNANDO. Historia de España en sus documentos. Siglo XIX, Madrid, Editorial Cátedra, 1985.


MOSQUERA y FIGUEROA JOAQUÍN “El Presidente interino y Ministros que compusieron la Sala Extraordinaria en la Real Audiencia de Caracas informan a vuestra Majestad con remisión de los autos originales sobre los acontecimientos ocurridos a fines de noviembre del año pasado habiendo cortado la causa en providencia, en los términos que aparecen en la tomada en 4 de mayo último”. Caracas, 20 de junio de 1809, reproducido por Jorge Vejerano en Orígenes de la Independencia Suramericana, Bogotá, Editorial Cromos, 1925.
Proceso histórico del 20 de julio de 1810 (Documentos), Bogotá, Banco de la República, 1960.
ROMERO, JOSÉ LUIS. “Pensamiento Político de la emancipación (1790-1825)”. Caracas, Biblioteca Ayacucho, 1977, 2 Vols.

Testimonios:
CONDE de las CASES. Memorial de Napoleón en Santa Elena, México, Fondo de Cultura Económica, 1990
RESTREPO, JOSÉ MANUEL. Historia de la Revolución de la República de Colombia, Medellín, Editorial Bedout, 1969, Tomo I.
YANES, FRANCISCO JAVIER .Compendio de la Historia de Venezuela, desde su descubrimiento hasta que se declaró Estado independiente, Caracas, Academia Nacional de la Historia, 1944.

Hemerográficas:
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Fuentes Bibliográficas:
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DOMÍNGUEZ, JORGE. Insurrección o Lealtad. La desintegración del Imperio español en América, México, Fondo de Cultura Económica, 1985.
DÍAZ- PLAJA, FERNANDO. La vida española en el siglo XVIII, Barcelona, 1954.
GIL FORTOUL, JOSÉ. Historia Constitucional de Venezuela, Caracas, Editorial Las Novedades, 1942, 3 Vols.
GUERRA, FRANÇOIS, XAVIER. Los espacios públicos en Iberoamérica. Ambigüedades y problemas, siglos XVIII- XIX, México, Fondo de Cultura Económica y Centro Francés de Estudios Mexicanos, 1998.
GUERRA FRANÇOIS, XAVIER. Modernidad e Independencias, Madrid, Mapfre, 1992.
LANGUE, FREDERIQUE. “El círculo de las alianzas. Estructuras familiares y estrategias económicas de la élite mantuana (siglo XVIII),” Boletín de la Academia Nacional de la Historia, Caracas, Nº 309, enero-marzo 1995, pp. 97-121.
PINO ITURRIETA, ELÍAS “Mantuanos e Independencia” en Gran Enciclopedia de Venezuela, Caracas, Editorial Globe, tomo9 3, 1998.
PINO ITURRIETA, ELÍAS. Contra Lujuria, Castidad, Caracas, Alfadil, 1996
SEVILLA ANDRÉS, DIEGO. Historia Política de España (1808-1967). Madrid, Editora Nacional, 1968.
VEJARANO, JORGE. Orígenes de la Independencia Suramericana, Bogotá, Editorial de Cromos. 1925.
VILLANUEVA, CARLOS. Napoleón y la Independencia de América, París, Casa Editorial Garnier Hermanos, 1911.
SUÁREZ, FEDERICO. La crisis política del Antiguo Régimen en España (1808-1840), Madrid, Rialp. 1958.


Obras de Referencia:
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Fundación Polar. Diccionario de Historia de Venezuela, Caracas, Fundación Polar, 2ª Edición, 1997.
RESTREPO SÁENZ, JOSÉ MARÍA. Biografías de los mandatarios y ministros de la Real Audiencia (1671 a 1819). Bogotá, Editorial Cromos, 1952.



VII Consideraciones finales (Conclusiones)

Se puede decir que la obra la Conjura de los Mantuanos viene a ser como la demostración de lealtad a la Monarquía española, por parte de valerosos hombres que tiempo más tardes propiciaron la Independencia,
La propuesta de constituir una Junta en noviembre de 1808, más que un acto conspirativo de los mantuanos, fue un hecho cuyo objetivo era, ni más ni menos dejar sentado y por escrito la disposición de los vecinos principales de la provincia de defender al legítimo Rey de España, Fernando VII, contra la usurpación napoleónica, tal como lo habían hecho las provincias de España y como lo intentaron hacer los notables y patricios de la mayoría de las capitales provinciales en ultramar.



VII Fuentes Bibliohemerográficas consultadas por el participante para apoyar su estudio de la obra:

DICCIONARIO DE HISTORIA DE VENEZUELA: Disco Compacto ⌠CD ROOM⌡ (sin fecha), Fundación Polar.
CARRERA DAMAS, G “Aspecto socioeconómicos de la guerra de la Independencia,” Caracas, UCV.1972.
CABALLERO, M y PINO ITURRIETA E. “Contra la abolición de la Historia”, Caracas, Academia Nacional de la Historia. 2005.
BURKE, PETER. “La Revolución Historiográfica Francesa, La
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PASAMAR,” La Historia Contemporánea. Aspectos teóricos e historiográficos”, Madrid, Síntesis, 2000. pp. 69 - 217
FONTANA, JOSEP. “Historia, análisis del pasado y proyecto social” S/F S/E.
TIMOTHY, ANNA. La caída del gobierno español en la ciudad de México, México, Fondo de Cultura Económica, 1981.
ARTOLA, MIGUEL. Antiguo Régimen y Revolución Liberal, Madrid, Editorial Ariel, 1979.
BRICEÑO IRAGORRY, MARIO. Casa León y su tiempo, Caracas, Monte Ávila Editores, 1981.
CALCAÑO, JULIO. “El Motín de 1808”, en Boletín de la Academia Nacional de la Historia, Caracas, Nº 2, JUNIO 1912, PP 109-116.
CORONA, CARLOS.” Revolución y reacción en el reinado de Carlos IV”, Madrid, Rialp, 1957.
COMELLAS, JOSÉ LUIS. Historia de España Moderna y Contemporánea, Madrid, Rialp, 1968
AYMES, JEAN RENÉ. La guerra de Independencia en España, Madrid, Siglo XXI, 1981.
BUSCHGES, CHRISTIAN. “Entre el Antiguo Régimen y la modernidad: la nobleza quiteña y la Revolución de Quito, 1808-1812”, en Colonial Latina American Historical Review, Albuquerque, New México, Vol. 8, Nº 2, 1999.
BIBLIOTECA DE LA ACADEMIA NACIONAL DE LA HISTORIA. (1983) Gaceta de Caracas. (Vol. 1/109, 24 de octubre 1808- 15 de abril 1810. Caracas.

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