jueves, 7 de junio de 2007

HIGIENE PÚBLICA EN LA CIUDAD DE CARACAS EN 1830.

Autora: Prof. Maria Salas
Situación del aparato del Estado en el contexto geohistórico (político, económico, intelectual y sanitaria) en Caracas de 1830.

La higiene es una premisa que garantiza la ausencia de enfermedades, y por ende, la salud óptima de cada persona, a la postre, el cumplimiento de la higiene proporciona salubridad o cuidado, bien sea de carácter privado o público. Dentro de un territorio o nación es fundamental que prevalezca una excelente higiene pública para que la sociedad esté en buenas condiciones y en conformidad con las políticas de sanidad del gobierno en ejercicio; sin embargo, puede ocurrir que alguna enfermedad ataque a una región determinada y a una gran cantidad de personas al mismo tiempo, manifestándose entonces, una epidemia. En base a lo anterior, se apunta que en la ciudad de Caracas sucedieron desde sus inicios una serie de epidemias y endemias, brotes de cólera, paludismo, fiebre amarilla, entre otros flagelos que han azotado a la población caraqueña en los distintos períodos en que ocurrieron, y también las diferentes medidas adoptadas para contrarrestarlas.
Resulta importante hacer referencia a la situación del aparato del Estado en el contexto geopolítico (Político, económico intelectual y sanitaria) en Caracas durante el año 1.830, con el objeto de tener un marco sustancial en cuanto a la materia de salud. De aquel tiempo se recuerda -mediante la historiografía venezolana- hechos de gran significación, se menciona la separación de una institución trascendental como lo fue La Gran Colombia, la liberación definitiva del dominio español, el ascenso al poder presidencial de José Antonio Páez en territorio venezolano y el establecimiento de la Constitución del Estado de Venezuela el 24 de septiembre de 1.830.

Liberación del dominio español y el caudillismo.

El proceso de Independencia consistió en luchas cruentas y violentas entre patriotas y españoles, se ganó y perdió una Primera y Segunda República, líderes venezolanos como Simón Bolívar y Antonio José de Sucre planificaron y llevaron a cabo algunas empresas que posteriormente se les daría el nombre de Campañas (Campaña Admirable, Campaña de Oriente, Campaña de Carabobo) y muchas otras acciones estratégicas que consolidaron categóricamente la liberación del yugo español. De La Gaceta de Venezuela, Editorial (1831), se expresa textualmente:

Naciones avezadas á la esclavitud se conmueven en la vieja Europa i se convierten en pueblos libres; i en el suelo clásico de la libertad, en donde se ha regado la tierra con tanta sangre por afianzarla; en tanto en muchos años no se oyeron nunca los acentos del esclavo: se quiere entronizar el absolutismo i restituirlos otra vez á las cadenas. Con este insensato é inicuo designio nos dicen que somos demasiado ignorantes para poder ser rejidos por un gobierno liberal bajo leyes conformes a los buenos principios, que no tenemos espíritu público, que tenemos una multitud de ambiciosos á quienes es preciso que contenga un hombre de prestigio, una mano fuerte i vigorosa. 1

Concerniente a la cita anterior, se infiere que los españoles tenían la intención de seguir con la idea de transformar nuevamente la situación a su favor, restableciendo en sus colonias perdidas en el continente americano el poder absolutista, debido a que pensaban que su población eran totalmente ignorantes para dirigir una nación. De igual manera, se plantea en un artículo de prensa que es preferible hacer negocios comerciales con otras potencias como Alemania, Inglaterra, Francia, antes que con España. En el mismo artículo del periódico El Canario, Corso (1.830), dice:

Cortemos el comercio con la España, prohibamos la introducción de sus mercaderias en nuestros puertos, sea cual fuere el pabellon que las cubra, y entonces será más conveniente a la España que á nosotros esa carta de emancipacion, que en vano solicitaremos si concedemos de antemano lo único que puede estimular al gobierno enemigo á estender el documento que acredite nuestra fuerza y su debilidad. 2

Ya para 1830, estaba naciendo un Estado con la asunción de responsabilidades que debía atender una articulación de orden política, social, y económica, esta última un poco difícil puesto que se produjo un déficit de la renta del tabaco, trayendo como consecuencia una penuria alarmante del tesoro público, y un increíble endeudamiento

EDITOR. “Editorial”, La Gaceta de Venezuela. Valencia 16 de enero de 1831
S/A. “Corso”, El Canario. Caracas 25 de agosto de 1830
externo; sin embargo, se trataba de consolidar la autonomía recién adquirida. Se hace necesario destacar, que la Guerra por la Independencia condujo a un debilitamiento interno del país. Al respecto, Gabaldon, Eleonora. (1.991), señala:

Venezuela es un Estado en proyecto, un Estado por crear; está ubicada dentro del marco de la dependencia y bajo unas limitadas posibilidades de expansión, dada su débil y vulnerable estructura de monocultivo y las secuelas de un proceso bélico que devastó las tierras y sembró el vandalismo. 3


La Constitución de 1830 y las políticas sanitarias.

La Constitución de 1.830 es el resultado del debate ocurrido en el Congreso Constituyente y un gabinete ministerial, en el cual prevalecieron oposiciones y contradicciones de los intelectuales presentes en ese proyecto, pues aspiraban acaparar el poder y mantener las prerrogativas aristocráticas, por lo que muchos artículos no pasaron más haya de la figura. Para el momento histórico en que se concibe la Constitución, se encuentra en la presidencia del Estado el caudillo José Antonio Páez, y sus ministros: Antonio Leocadio Guzmán, Santos Michelena y Santiago Mariño como Secretario del Despacho del Interior, Secretario del Despacho de Hacienda y Relaciones Exteriores, y Secretario del Despacho de Guerra y Marina, respectivamente. El Decreto del Soberano Congreso fue expedido en la ciudad de Valencia, el 24 de septiembre de 1830. Ante el planteamiento anterior, en El Canario, Los Republicanos de Caracas (1.830), expresan:

…debemos contraer nuestros esfuerzos únicamente á constituir el Estado de Venezuela bajo reglas muy simples y sencillas, en el gran tren o boato que se ha diseñado en el proyecto de constitucion impreso y redigido por la comision que al efecto nombró el Congreso, y el cual no puede sostenerse en el estado ruinoso y miserable en que se encuentra el pais. 4

3. GABALDON, Eleonora. La Constitución de 1830; El debate parlamentario la opinión de la prensa. 1991 p. 127
4. LOS REPUBLICANOS DE CARACAS. “Tarquino en Cartagena” en El Canario. Caracas 5 de agosto de 1830.
Con la emancipación se aspiraba garantizar los privilegios de clase, los blancos criollos querrían conservar su poder como conjunto oligárquico, y los demás grupos mestizos a obtener los derechos de libertad e igualdad, borrando los privilegios godos y la jerarquía social de segregación. No obstante, a través de la Constitución, esto tampoco se logró, ya que se demostró que la participación sobre la misma estuvo constituida principalmente por un grupo social determinado, dejando de un lado a los otros menos favorecidos. Siendo de este modo, Gabaldon, Eleonora (1.991), indica que:
…la Constitución del 30, instrumento que fundamenta y legitima el poder del grupo que entra a gobernar al Estado recién nacido, sembró en la historia constitucional de Venezuela bases para una República liberal, al mismo tiempo que colocaba trabas a la participación. 5

En definitiva, la Constitución de Venezuela de 1.830, sancionó la Ley de régimen de organización política, el cual establecía que los Gobernadores promovieran y propagaran la vacuna por todos los pueblos de la Provincia, aunado a cuidar todo lo que mira a la salubridad pública. De esta manera, la Constitución otorgaba a las provincias la facultad de legislar en materia de políticas sanitarias. Por consiguiente, cuando se presentaran epidemias o enfermedades contagiosas, la acción de las Juntas de Sanidad debía ser la de informar al Gobernador de la Provincia en cuanto a las medidas adoptadas para controlar el contagio y restablecer o conservar la salud pública. Entre tanto, en el Capítulo VII, artículo 83 de dicho documento constitucional:

Se ordena que en la capital de cada provincia se forme una Junta de Sanidad compuesta del Gobernador, del Obispo o su Vicario General, y donde no los haya, del cura párroco, del procurador municipal, de dos municipales elegidos por el Concejo y del facultativo o facultativos que nombre la junta. La de la capital de la provincia será la superior de todas las que haya en la misma. 6


GABALDON, Eleonora. Op. Cit., p. 133
6. CONGRESO CONSTITUENTE. Constitución De Venezuela De 1830.

La higiene pública para tratar las enfermedades que atacaron en forma de epidemias.
Epidemias que generaron descenso demográfico.

Definitivamente, la ciudad de Caracas sufre una transición en 1830, pues retoma su rol capitalino nacional y se convierte en sede de los poderes públicos y del saber. Se crea la Constitución de ese mismo año, en el cual también se legisla en materia de salud, primordial para un Estado en situación crítica de postguerra donde la población ha mermado como consecuencia de la misma, y por todas las epidemias y enfermedades que han azotado. La higiene pública por consiguiente se encargó de crear medidas sanitarias para prevenir y evitar las enfermedades contagiosas y los ataques en forma de epidemias, y por ende, controlar el considerable descenso demográfico. Con relación a esto es necesario señalar que el Diccionario de Historia de Venezuela (1.978)
Los europeos transportaron al Nuevo Mundo la tuberculosis, peste, lepra, fiebre tifoidea, tosferina, difteria, sarampión, varicela y la rabia canina, y posiblemente, la viruela, mientras que los africanos trajeron a la vez sus propias dolencias desconocidas hasta entonces en éstas latitudes como la fiebre amarilla, la bilharziasis, la anquilostomiasis, oncocersiasis, filariasis y probablemente también la malaria…El indio nativo también transmitió sus enfermedades originarias de estas tierra, a los nuevos establecidos, entre ellas: la sífilis, buba, carare, la leishmaniasis tegumentaria, la tripnosomiasis americana, la micosis profunda y otras más. 7

Cabe destacar que conceptualmente, epidemia significa que una enfermedad ataca, al mismo tiempo y en el mismo país o región, a un gran número importante de personas. En este caso específico, fue afectada la población caraqueña y tales padecimientos pueden ser, como se citó en líneas precedentes: fiebre amarilla, tosferina, sarampión, viruela, lepra, cólera, paludismo, etc., lo que genera defunciones a causa de no contar con una buena condición de saneamiento ambiental y prevenciones o medidas al respecto. A esto se le suma el insuficiente aumento poblacional para ejercer las funciones que exige la dinámica comercial y poblacional.

7. FUNDACIÒN POLAR. Diccionario de Historia de Venezuela. 1978 pp.67-68
En cuanto a las pérdidas humanas afectaban el ya deteriorado boato productor de la nación venezolana, por lo tanto, el gobierno tomó todas las precauciones necesarias para controlar estos males o hasta donde las posibilidades o conocimientos adquiridos en el área lo permitiera.
El modelo de Higiene Pública procedió de Europa, ya que para el siglo XIV se produjo la llamada Peste Bubónica o Muerte Negra, a raíz de la cual se inició un concepto higienista, así quedó manifiesto por Rodríguez, Mercedes (2001) al asentar “En Venezuela...prevaleció el modelo de la higiene pública como mecanismo de prevención, control y manejo de las enfermedades”8, y más adelante refiere que “Esta concepción higienista tiene su origen en la Baja Edad Media europea, durante la epidemia de la peste bubónica de 1347, momento en el que, los médicos y las autoridades trataron de evitar la propagación de la epidemia”. 9 Igualmente indica:

Durante los años de 1830-1857 gran parte de la población venezolana fue afectada por sucesivas epidemias de viruela, paludismo, fiebre amarilla, sarampión, fiebre tifoidea, cólera entre otras enfermedades, produciéndose un descenso demográfico y en consecuencia afectando nuestro ya deteriorado aparato productivo. Frente a estos brotes epidémicos, el gobierno nacional adopta las medidas sanitaria conocidas y aplicadas en la época, tales como el aislamiento de los enfermos, o cordones sanitarios, fumigaciones, cuarentenas de buques, todas encaminadas a tratar de controlar el contagio y propagación de la enfermedad a otras localidades. 10

En vista de todas las enfermedades que habían castigado y continuaban su acción sobre la población, se implementaron medidas como: el aislamiento de enfermos en los hospitales, vacunación, cordones sanitarios, cuarentenas de buques y fumigaciones de correspondencias y espacios ocupados por personas contagiadas. Pertinente al saneamiento ambiental se aplicó la limpieza de calle, mercados, ríos, basuras, etc., todo ello con el propósito de contrarrestar las epidemias.

8. RODRÍGUEZ, Mercedes. “La Política Sanitaria de la Ciudad de Caracas” Ensayo Históricos, Anuario del Instituto de Estudios Hispanoamericanos. 2001 p.90.
Ibidem. p.90
Ídem. p.96

Medidas sanitarias instrumentadas (eficacia e ineficacia).

Es relevante indicar que algunas de estas medidas sanitarias aplicadas tuvieron connotación efectiva y otras fueron ineficaces. La vacuna a las personas fue efectiva, no obstante, estuvo limitada por el déficit de las rentas municipales y nacionales, cabe recordar que el tesoro público había disminuido por la mala situación en la que se encontraba la renta del tabaco. La Ley Sobre Rentas Municipales del año 1830, decreta en su artículo 6.- “Las rentas municipales se destinan: ...8º. A todo lo que mire à la salubridad,...”. 11 Por otro lado, la cuarentena de buques era considerado ineficaz, debido a que con la entrada de los buques a los puertos se paralizaba el comercio, al igual que se producía el desabastecimiento de alimentos, mientras la enfermedad avanzaba. El presidente José Antonio Páez decretó en 1832, en el artículo 5.- “Para lograr que estas cuarentenas se guarden con la exactitud que se requiere, los jefes politicos de los puertos respectivos establecerán botes de observación que vigilen incesantemente sobre la incomunicación del buque con algun otro, y con la tierra”. 12 En cuanto a la vacunación, su importancia fue tal que se formó una Junta de Vacuna para promover, conservar y propagar la misma. Esto lo plantea Rodríguez, Plácido. (1924) :

La Ley de régimen de organización política, sancionada por el Constituyente de 1830, establece que los Gobernadores promoverán la conservación y propagación de la vacuna en todos los pueblos de la provincia: que los jefes políticos de los Cantones presidirán la Junta de Vacuna, arreglándose a lo dispuesto en la instrucción de la materia, o a lo que en adelante se dispusiese, bajo la más estrecha responsabilidad en caso de omisión; y que las Juntas de Sanidad cuidarán de que se propague y conserve la vacuna. 13



CONGRESO CONSTITUYENTE. Ley Sobre Rentas Municipales. 1831
PÁEZ, José Antonio. Decreto Presidencial, 14 de agosto de 1832.
RODRÍGUEZ, Plácido. Epidemias v Sanidad en Venezuela 1924 p.223


Para 1830, Venezuela cuenta solamente con tres ministerios, a saber, el de Relaciones Interiores, otra de Hacienda y Relaciones Exteriores, y la última de Guerra y Marina. Acerca del primero, fue creado desde el mismo momento de la organización política del país en 1830, y condensaba todas las corrientes que más tarde facilitarían el origen de los Ministerios de Justicia, Trabajo, Sanidad y Asistencia Social, etc; a la postre, este ministerio autorizó medidas de gran significado correspondientes a la materia, actuando además como policía sanitaria para tratar este asunto. Tocante a esta Institución, se menciona la Memoria sobre los negocios correspondientes a los despachos del Interior y Justicia del Gobierno de Venezuela (1831), en cuanto al aspecto de la Facultad Médica:

Esta corporación y tribunal, establecido por decreto del año 17, podía servir como de centro á las expresadas juntas. En ella quedó refundido el antiguo protomedicato, y á ella toca el examen y expedicion de títulos de los cirujanos, boticarios, sangradores y parteras, el órden y arreglo de las boticas, los aranceles de drogas, la supervigilancia sobre la conservacion de la salud pública, y otras atenciones interesantes. Este establecimiento es uno de los útiles que podemos tener en nuestro presente estado, y el bien nacional pide su sosten y proteccion, y su enlazamiento con las juntas de sanidad. Las noticias del gobierno ha pedido sobre el número y estado de las boticas y droguerias, sobre el de profesores de medicina, cirujia y farmacia, y sobre otros puntos en que se interese la sanidad, podrán producir efectos saludables. 14

Y concerniente al tema de las Vacunas, mantiene que:
El sostenimiento y propagación de este bien inapreciable está cometido á las mismas juntas, que nada harán si el enlazamiento debido á la dirección, y sin que se atribuyan fondos especiales al ramo. No existe la vacuna constante y metodicamente sino en Caracas, donde el Dr. Joaquin Hernández sin mas recompensa que la gratitud pública la mantiene. El gobierno había mandado pagar de los fondos de policía el porte de la correspondencia que sostiene la dirección, y esto y pedir á la legislatura que dote los empleados en el ramo de vacuna, metodizándolo, es cuanto ha podido hacer en su favor. 15

Memoria sobre los negocios correspondientes a los despachos del Interior y Justicia del Gobierno de Venezuela. 1831 p.106
Ibidem, p.106

FUENTES CONSULTADAS

Fuentes Bibliográficas:

FUNDACIÓN POLAR. Diccionario de Historia de Venezuela, Caracas, 1.978
GABALDON, Eleonora. La Constitución de 1.830 (El debate parlamentario y la opinión de la prensa), Caracas, Instituto Autónomo de la Biblioteca Nacional, 1.991.
__________: Memoria sobre los negocios correspondientes a los despachos del Interior y Justicia del Gobierno de Venezuela, que presenta el encargado de ellos al Congreso Constitucional del año de 1831-2º de la Ley y 21 de la Independencia.
RODRÍGUEZ, Mercedes. Ensayos históricos; Anuario del Instituto de Estudios Hispanoamericanos. Caracas, 2001
RODRÍGUEZ, Plácido. Epidemias y Sanidad en Venezuela, Caracas, 1924

Fuentes Documentales:

CONGRESO CONSTITUYENTE DE VENEZUELA (1.830) Constitución de Venezuela de 1.830. Archivo General de la Nación. Caracas
CONGRESO CONSTITUYENTE DE VENEZUELA (1.832) Decreto de la Presidencia de la República. Archivo General de la Nación. Caracas
CONGRESO CONSTITUYENTE DE VENEZUELA (1.830) Ley Sobre Rentas Municipales. Archivo General de la Nación. Caracas

Fuentes Hemerogràficas:
EDITOR: “Editorial” en la Gaceta de Venezuela. Valencia.16/01/183 Trim.1º, Nº 21
LOS REPUBLICANOS DE CARACAS. “Tarquino en Cartagena” en El Canario. Caracas. 5/08/1.830 Nº 1
_____________: “Corso” en El Canario. Caracas. 25/08/1.830. Nº 4.

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